La Ley 2/2023, explicada para pymes y autónomos

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, transpone en España la Directiva (UE) 2019/1937, la conocida como «directiva whistleblower». Obliga a las empresas a disponer de un Sistema interno de informaciónel canal de denuncias— y protege a quien lo utiliza.

¿Quién está obligado?

Las pymes por debajo del umbral pueden implantarlo voluntariamente. En la práctica, cada vez más contratos, licitaciones y programas de compliance penal (art. 31 bis del Código Penal) lo exigen a proveedores de cualquier tamaño.

Qué debe cumplir el canal

Sanciones por no tenerlo

No disponer del sistema, vulnerar la confidencialidad o tomar represalias son infracciones muy graves: multas de hasta 1.000.000 € para personas jurídicas (hasta 300.000 € para personas físicas), además de posibles prohibiciones de obtener subvenciones o contratar con el sector público.

Protección del informante

La ley prohíbe las represalias —despido, sanción, no renovación, degradación o cualquier trato desfavorable— contra quien comunica de buena fe, durante los dos años siguientes, e invierte la carga de la prueba: será la empresa quien deba demostrar que su decisión no fue una represalia.

Cómo cumplir sin un departamento jurídico

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Activar mi canal de denuncias

Este contenido es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para dudas concretas sobre tu obligación, consulta con un profesional.