Comunicar la designación del Responsable del Sistema
Última revisión: agosto de 2026 — este trámite depende de normativa que cambia, comprueba siempre el enlace oficial antes de actuar.
¿Qué es este trámite?
La Ley 2/2023 exige que, además de nombrar internamente a tu Responsable del Sistema, se lo comuniques formalmente a la autoridad competente. Es un trámite distinto e independiente de tener el canal activo: uno es interno (nombrar a la persona), el otro es externo (avisar al organismo público).
Tienes 10 días hábiles desde el nombramiento (o desde un cambio de responsable) para hacerlo.
¿A quién se comunica?
Aquí es donde conviene tener cuidado, porque no es siempre el mismo organismo: depende de en qué comunidades autónomas tenga centros de trabajo tu empresa.
- Si tu empresa tiene centros de trabajo en más de una comunidad autónoma, se comunica siempre a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), el organismo estatal.
- Si tu empresa opera solo en una comunidad autónoma, puede que esa comunidad tenga su propia autoridad con competencia sobre empresas privadas (a día de hoy, un grupo reducido de comunidades la tienen). Si es tu caso, se comunica a esa autoridad autonómica en vez de a la estatal.
- En cualquier otro caso, se comunica a la A.A.I. estatal.
Organismo por comunidad autónoma (a fecha de esta revisión)
Válido si tu empresa tiene centros de trabajo solo en esa comunidad. En cuanto operas en más de una, se comunica siempre a la A.A.I. estatal, sea cual sea tu tabla.
| Comunidad autónoma | Organismo competente |
|---|---|
| Andalucía | Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción |
| Aragón | A.A.I. (estatal) |
| Asturias | A.A.I. (estatal) |
| Illes Balears | A.A.I. (estatal) |
| Canarias | A.A.I. (estatal) |
| Cantabria | A.A.I. (estatal) |
| Castilla-La Mancha | A.A.I. (estatal) |
| Castilla y León | A.A.I. (estatal) |
| Cataluña | Oficina Antifrau de Catalunya |
| Comunitat Valenciana | Agència Valenciana Antifrau (AVAF) |
| Extremadura | A.A.I. (estatal) |
| Galicia | Autoridade Galega de Protección da Persoa Informante |
| Madrid | A.A.I. (estatal) |
| Murcia | A.A.I. (estatal) |
| Navarra | Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción (OANA) |
| País Vasco | A.A.I. (estatal) |
| La Rioja | A.A.I. (estatal) |
| Ceuta y Melilla | A.A.I. (estatal) |
Cinco comunidades (en negrita en la tabla) tienen autoridad propia con competencia sobre empresas privadas: Andalucía, Cataluña, Comunitat Valenciana, Galicia y Navarra. Algunas otras comunidades han creado organismos propios, pero hoy por hoy solo actúan para el sector público, así que las empresas privadas de esas comunidades siguen comunicando a la A.A.I. estatal.
¿Cómo se presenta?
Es un trámite telemático, con certificado digital (de representante de persona jurídica si actúas en nombre de tu empresa) o Cl@ve. Se rellena un formulario y se adjunta el documento de designación del Responsable del Sistema.
Si no tienes certificado digital, es el paso que más suele frenar a las pymes pequeñas — sácalo con tiempo, no lo dejes para el último día del plazo.
¿Prefieres que nos encarguemos nosotros?
Sabemos que este trámite es el que más fricción genera: identificar el organismo correcto, tener el certificado digital a mano, y no equivocarte de formulario. Si quieres, podemos ayudarte a hacerlo por ti.
Importante
Esta comunicación es responsabilidad de tu empresa. 1r9 no la realiza automáticamente ni puede comprobar si la has hecho — por eso eres tú quien lo marca, cuando lo hayas completado de verdad.
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